La Ley Nº 6.082 de Tolerancia Cero prohíbe conducir con impedimentos físicos o psíquicos por haber consumido estupefacientes, bebidas alcohólicas, psicotrópicos, estimulantes, medicamentos, y cualquier otra sustancia que disminuya la aptitud para conducir.
La nueva Ley estipula que todo conductor de vehículo estará obligado a someterse al control de alcoholemia, y si el mismo arroja resultados positivos se aplicarán sanciones que variarán de acuerdo al grado de alcohol en sangre que posea el conductor. Las multas irán desde 200 a 1500 unidades fiscales, cuyo valor será establecido por el Poder Ejecutivo. La retención de la licencia de conducir y del vehículo, son otras de las sanciones que podrán ser aplicadas.
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Etiquetas: ley de tolerancia cero