Dirección de Viviendas y Hábitat del Municipio Corrientes

Asesoramiento y asistencia para inscripción al programa de crédito Casa Propia

Sara Alegre, de la Dirección de Viviendas y Hábitat del Municipio de Libres, quien comentó que la Municipalidad de Paso de los Libres ofrece asesoramiento y asistencia para el programa de Créditos Casa Propia (Pro.cre.ar 2) para la construcción de viviendas para aquellos que tengan lote propio.

El servicio de asesoría se ofrece en las oficinas de la Dirección de Desarrollo Territorial, Vivienda y Hábitat, ubicada en Sarmiento 830 de lunes a viernes de 8 a 12 horas.

 

 

Requisitos

  • Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.
  • Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.
  • Contar con ingresos provenientes de trabajos formales, jubilaciones y/o pensiones. La suma de los ingresos mensuales netos del grupo familiar deberá estar entre 1 y 8 SMVyM (Salarios Mínimos, Vitales y Móviles).
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de la inscripción.
  • No ser propietarios/as o copropietarios/as de bienes inmuebles, con excepción de los casos previstos en las Bases y Condiciones.
  • No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos 9 meses.
  • No encontrarse inhibido/a.
  • Registrar 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados/as e independientes).
  • No se admitirán terrenos que: se encuentren en barrios cerrados o privados, que su tasación supere los $3.500.000, o que no sean de titularidad de los/as solicitantes (salvo familiares directos). Se deberá contar con título de propiedad del inmueble/boleto de compraventa o instrumento idóneo en caso de terrenos provenientes de organismos públicos.
  • Solo será posible construir los Modelos de Viviendas del Programa (a excepción de quienes construyan al fondo o arriba de la casa de sus padres). El crédito deberá destinarse a la construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y no superar los 60 m2 de superficie.

Cotitularidad

Los y las participantes podrán incluir solo un/a cotitular, al que deberán estar unidos/as por alguno de los siguientes vínculos:

  • Matrimonio, en este caso, el/la cónyuge será considerado/a cotitular automáticamente.
  • Unión convivencial.
  • Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.