Los jueces Gabriela Romero Nayar, Pablo Farah y Mónica Faber de la Sala 5 del Tribunal del Juicio condenaron por unanimidad a Pablo Marcelo Rangeón a la pena de 7 años de prisión efectiva por considerarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C. F. R.
En el punto segundo, se absuelve por el principio constitucional de la duda, de los delitos abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S. Y. G.; abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C. F. R.; abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de J. P. R. P.; abuso sexual simple en perjuicio de M. L. B.; abuso sexual simple continuado en perjuicio de M. P. G. E.; y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C. A.
El representante delMinisterio Público Fiscal, Pablo Rivero de UDIS 4, había solicitado que se le otorgue la pena de 16 años de prisión.
La querella había solicitado 27 años de prisión efectiva y la defensa, el sobreseimiento liso y llano del productor de modas y, de manera subsidiaria, su absolución por aplicación del beneficio de la duda.
El Tribunal dispuso condenó a Pablo Rangeón a abonar la suma de un millón quinientos mil pesos, en concepto de daños moral y psicológico a C.F.R.
Finalmente dispuso que Rangeón sea puesto a disposición del Servicio Penitenciario Provincial y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN para su posterior incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
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