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En Rosario, impulsan excluir de los estadios a deudores alimentarios

La iniciativa busca prohibir el ingreso a los estadios de Rosario Central o Newell's, los de mayor asistencia, de aquellas personas que deban tres cuotas seguidas o cinco alternadas. Desde LRA14 Santa Fe, la periodista Gabriela Bruno ofreció precisiones del proyecto que impulsa la concejala del Frente de Todos, Norma López, frente a un crecimiento del 50% de la cantidad de gente que figura en el Registro de Deudores Alimentarios, en los últimos cinco años.

“Lo que planteamos es la incorporación de los deudores alimentarios, inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la provincia de Santa Fe (Ley Provincial Nº 11.945), en el programa ‘Tribuna Segura’ con el objetivo de prohibir su ingreso a los estadios de futbol de la ciudad”, afirmó la autora del proyecto.

El proyecto se comenzó a debatir esta semana en la Comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos, y luego seguirá su tratamiento en la Comisión de Gobierno.

Hay otros proyectos similares que apuntan a que el deudor no ingrese a espectáculos públicos, o no obtenga ni renueve su licencia de conducir.

En los Tribunales de Rosario, el Registro de Deudores Alimentarios (que funciona desde 2006) creció un 50% en los últimos años: ya son más de 1800 personas.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos registra por orden judicial a todo obligado u obligada al pago de alimentos por sentencia firme o convenio que adeude al menos tres cuotas consecutivas o cinco alternadas.

Quienes estén en dicho Registro no pueden postularse a cargos políticas, ser contratistas del Estado, obtener viviendas sociales, habilitaciones, concesiones o licencias.

Hay un antecedente: el 21 de junio de este año, en la ciudad de Córdoba, la jueza Marcela Alejandra Menta impidió el ingreso a la cancha a un hincha de Belgrano de Córdoba que debía a su hijo más de 360 mil pesos en cuota, con el fin de “corregir al alimentante incumplidor para garantía del deber de asistencia económica y subsistencia material del beneficiario afectado”.

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