El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná absolvió este lunes al exintendente de Crespo, Ariel Robles (PJ), que fue acusado de realizar acciones de ayuda social como forma de captar votos en el marco de una campaña electoral. Se determinó que lo realizado por los funcionarios acusados “no constituye el delito de peculado que se les endilgó a los imputados”. En este sentido, Miguel Ángel Cullen, representante legal de Robles, indicó: “Entendemos que fue un acto de plena justicia”.
El juez Pablo Vírgala fue quien comunicó el fallo absolutorio, en el que remarcó que los fiscales Gonzalo Badano y Franco Bongiovani no lograron probar el delito de peculado. El magistrado remarcó que la ordenanza Nº 03/2003 no era aplicable para la entrega de materiales de construcción, tal como lo sostenía la defensa de los imputados. La presunta violación a dicha norma fue la piedra fundamental de la denuncia de Cambiemos y la acusación fiscal. También fueron absueltos la ex secretaria de Hacienda y Economía, la contadora Leonor Evangelina Winderholler; y el ex secretario Gobierno, Jorge Jesús Waigel.
Al respecto, Miguel Ángel Cullen, abogado defensor de Robles expresó: “Entendemos que fue un acto de plena justicia y no había otra forma de fallar que no sea esta”, dijo el letrado. Además manifestó su alegría, no sólo por la absolución, como lo mencionó, sino también por “las palabras que tuvo el presidente del Tribunal cuando, con muchísima realidad, les marcó dos o tres cuestiones al Ministerio Fiscal, diciéndoles que tienen que seguir bregando por el principio de objetividad, ellos no pueden comprar cualquier cosa que se les traiga como denuncia”, señaló.
El caso
Durante el proceso judicial se discutió la presunta distribución -por parte de Robles y otros dos funcionarios- de materiales de construcción entre 2014 y 2015 con el fin de “captar votos”. La causa comenzó a tramitarse en 2016, tras la denuncia del actual intendente de Crespo, Darío Schneider (Juntos por el Cambio).
La tesis acusatoria decía que los insumos comprados de forma directa a tres corralones de la ciudad -Agrícola Regional, Nutritotal y Nutrihaus- luego se entregaban a vecinos sin respetar normativa alguna, como la ordenanza 3/2003, que regula el otorgamiento de los subsidios a personas físicas y jurídicas; la 53/96 y 55/11, que regula las órdenes de compra y contrataciones, y la ley provincial de contabilidad pública, N° 5140.
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