En conferencia de prensa realizada este sábado, la ministra de Seguridad, Gloria Zalazar , acompañada por su par de Salud, Paola Benítez, explicó los alcances de las nuevas medidas establecidas para frenar el incremento de contagios de COVID19. Zalazar indicó que el decreto gubernamental establece dos períodos en los que se incluyen diversas restricciones. Así mismo, reiteró cuáles son las consecuencias de violentar las normativas.
La funcionaria de Seguridad dijo que la primera etapa, que rige desde el 9 de octubre hasta las 7 del martes 13, dispone el cierre de comercios y actividades de esparcimiento y deportivas, salvo las consideradas esenciales, como las que implican compra de alimentos, farmacias y estaciones de servicio. El horario de atención comercial es de 8 a 20. A partir de las 21, sólo funcionarán deliverys hasta la hora 24.
En tanto, desde las 7 del 13 de octubre, hasta la hora 24 del 24 de octubre, "en el horario de 7 a 21, las distintas actividades se podrán desarrollar como lo venía siendo antes del viernes con el plan de desescalada. Sin embargo, desde las 21 se establece la alarma sanitaria, y a partir de esa hora, sólo podrán circular aquellos que tengan permiso y estén vinculados a alguna actividad esencial".
"Las consecuencias de no cumplir con estas medidas aplicadas por el Poder Ejecutivo implican la detención de personas, por el incumplimiento de este decreto y encuadrando su conducta en el artículo 205 del Código Penal, más el secuestro de los vehículos en los que circularen las personas que se trasladen de un lugar a otro. Las personas y el secuestro de los vehículos serán puestas a disposición de la fiscalía de turno", concluyó.
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