Myriam Zurita, titular de la Dirección Provincial de Protección Al Consumidor de Neuquén explicó el proceso que llevó a iniciar el proceso para cobrarle una multa a una cadena de supermercados por el incumplimiento de la Ley 3224 que establece la prohibición de exhibición de productos ultraprocesados (golosinas, snacks, bebidas energizantes, etc.) a una distancia menor a los 3 metros de la zona de caja de los centros comerciales.
En diálogo con Es Ahora, por Radio Nacional Neuquén, Zurita explicó que "se ha detectado que algunos supermercados o hiper no han cumplido -aunque la mayoría lo hicieron- es así que nos encontramos a partir de labrar las actas correspondientes que se hacen cuando los inspectores detectan que no se está dando cumplimiento a esta ley, a partir de ahí, el comercio tiene 5 días para realizar el descargo".
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