A través de la modificación de la Ley N°17.565, se podrán despachar productos para atención veterinaria, aunque sólo bajo proscripción de receta profesional. En este sentido, Carolina Lell, vicepresidente del Colegio de Veterinarios de Entre Ríos, indicó que si bien se vendía “no estaba reglamentado”, y aclaró además que la farmacia solo podrá vender medicamentos humanos y no veterinarios.
El Gobierno nacional habilitó este miércoles la comercialización de productos de medicamentos para atención animal en farmacias bajo la presentación de recetas extendidas por veterinarios matriculados.
A través del Decreto 185 y con la firma del presidente Alberto Fernández, el punto 1° sustituyó el inciso c) del artículo 25 correspondiente a la Reglamentación de la Ley N° 17.565 del 15 de noviembre de 1968.
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