En comunicación con LRA12, Sebastián Olivera jefe de ANSES explicó los requisitos que implica el nuevo refuerzo alimentario para adultos sin ingresos. "Será otorgado a personas que se encuentren en situación de extrema vulnerabilidad."
Comentó "hay que aclarar que no es un IFE ni es un refuerzo económico como el anterior que abarcaba a muchísima gente sino que estamos hablando de una población muy marginal por el sistema económico actual y estamos hablando de un refuerzo alimentario que es para adultos sin ingresos"
Para acceder a la percepción del REFUERZO ALIMENTARIO, las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a. Ser argentinas nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras, estas últimas con una residencia en el marco de la Ley Nº 25.871 no inferior a DOS (2) años anteriores a la fecha que se establezca en la reglamentación;
b. Tener la edad igual a DIECIOCHO (18) años o más y no haber cumplido los SESENTA Y CINCO (65) años de edad a la fecha que se establezca en la reglamentación;
c. Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la reglamentación;
d. Cumplir con la solicitud, de conformidad a lo establecido en la reglamentación correspondiente;
e. No encontrarse la persona solicitante:
i. Percibiendo ingresos formales de ningún tipo;
ii. Bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o en el sector privado;
iii. Inscripta en el RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ni en el régimen de autónomos;
iv. Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;
v. Con seguro de medicina prepaga;
vi. Alcanzada por cobertura de salud, según se establezca en la reglamentación correspondiente;
vii. Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares;
viii. Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales;
ix. Como titular del Programa Progresar;
x. Registrada como Efectora Social en el padrón informado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL;
xi.Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de algunas de las prestaciones establecidas en los Regímenes de Asignaciones Familiares
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