SEBASTIÁN OLIVERA - JEFE DE ANSES CORRIENTES

Requisitos para recibir el Refuerzo Alimentario para adultos sin ingresos

En comunicación con LRA12, Sebastián Olivera jefe de ANSES explicó los requisitos que implica el nuevo refuerzo alimentario para adultos sin ingresos. "Será otorgado a personas que se encuentren en situación de extrema vulnerabilidad."

Comentó "hay que aclarar que no es un IFE ni es un refuerzo económico como el anterior que abarcaba a muchísima gente sino que estamos hablando de una población muy marginal por el sistema económico actual y estamos hablando de un refuerzo alimentario que es para adultos sin ingresos"

Para acceder a la percepción del REFUERZO ALIMENTARIO, las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a. Ser argentinas nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras, estas últimas con una residencia en el marco de la Ley Nº 25.871 no inferior a DOS (2) años anteriores a la fecha que se establezca en la reglamentación;
b. Tener la edad igual a DIECIOCHO (18) años o más y no haber cumplido los SESENTA Y CINCO (65) años de edad a la fecha que se establezca en la reglamentación;
c. Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la reglamentación;
d. Cumplir con la solicitud, de conformidad a lo establecido en la reglamentación correspondiente;
e. No encontrarse la persona solicitante:
i. Percibiendo ingresos formales de ningún tipo;
ii. Bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o en el sector privado;
iii. Inscripta en el RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ni en el régimen de autónomos;
iv. Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;
v. Con seguro de medicina prepaga;
vi. Alcanzada por cobertura de salud, según se establezca en la reglamentación correspondiente;
vii. Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares;
viii. Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales;
ix. Como titular del Programa Progresar;
x. Registrada como Efectora Social en el padrón informado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL;
xi.Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de algunas de las prestaciones establecidas en los Regímenes de Asignaciones Familiares